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"En este documento señalamos los principios mínimos que el Estado, las empresas y toda la sociedad en su conjunto deben respetar para la aplicación de los derechos de los pueblos indígenas, en el marco de los principios del Estado social y democrático de derecho, con pluralismo cultural y jurídico, como reconoce la Constitución política del Perú, y en el marco de los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas internacionalmente reconocidos.


Los principios mínimos que deben guiar la elaboración, interpretación y aplicación de los derechos indígenas están constituidos por los derechos de los pueblos indígenas ya establecidos en la Constitución y el derecho internacional (tratados y acuerdos internacionales, jurisprudencia, doctrina y derecho consuetudinario); así como por los derechos intrínsecos y visión de desarrollo de los propios pueblos indígenas".

Los principios mínimos del Derecho Internacional que sustenta el derecho al consentimiento

Conga 2012

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